Módulo de Atención de Denuncias Ciudadanas

En el Artículo 97 de la Ley Federal de Protección al Consumidor se establece que cualquier persona podrá denunciar ante la Procuraduría las violaciones a las disposiciones de esta ley, la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, normas oficiales mexicanas y demás disposiciones aplicables. En la denuncia se deberá indicar lo siguiente:

  • I. Nombre o razón social del establecimiento denunciado y datos para su ubicación (domicilio: número, calle o avenida, colonia y  municipio);

  • II. Relación de los hechos en los que basa su denuncia, indicando el bien, producto o servicio de que se trate, y

  • III. En su caso, nombre y domicilio del denunciante.

La denuncia podrá presentarse por escrito, oficio, vía telefónica o electrónica.

Una denuncia es una manifestación a través de la cual los consumidores de productos y servicios pueden hacer del conocimiento de la Profeco presuntas violaciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor, Ley Federal sobre Metrología y Normalización, normas oficiales mexicanas y demás disposiciones aplicables por parte de algún proveedor. Esto con la finalidad de que las autoridades estén en condiciones de realizar las acciones correspondientes para vigilar que los proveedores se ajusten a lo dispuesto por las leyes antes mencionadas.

Para más información visite:

https://www.gob.mx/profeco/documentos/marco-juridico-y-normativo?state=published



CONSULTA DE DENUNCIAS